sábado, 30 de agosto de 2014

Una protesta record: se cumplen 13 años de La Carpa de Secheep





Una protesta record: se cumplen 13 años de La Carpa de Secheep


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Año X | EDICION 3535 Actualizado: 21:52
Resistencia, Sabado, 30 Agosto 2014
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Conde Olgado sigue reclamando su regreso a la empresa

Una protesta record: se cumplen 13 años de La Carpa de Secheep

12/07/2013 Este viernes se cumplen 13 años de La Carpa de Secheep, búnker de protesta construido por Miguel Benito Conde Olgado, luego de que la empresa energética lo despidiera de manera injusta. Aún mantiene una demanda contra el Estado que hace años está paralizada.

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Miguel Conde Olgado, exempleado de Secheep. Foto: El Diario de la Región
La historia de lucha de Conde Olgado comenzó el 15 de abril de 1999, cuando cumpliendo funciones de supervisor de Toma de Estado (control de los medidores) fue notificado por carta documento de su despido como empleado de la empresa. Al momento del despido estaba protegido por el fuero sindical que la empleadora no respetó. Ante la falta de respuesta a su reclamo para retornar a la empresa, decidió instalar una carpa de protesta frente a la Gerencia de Área Metropolitana en Roque Sáenz Peña 170. Fue el 12 de julio de 2000.

Roberto Omar Zapata, abogado de Luz y Fuerza, fue quien impulsó en el año 2000 la primera demanda judicial reclamando que a Conde se le pague la indemnización por despido injustificado. Cuatro años después, la Justicia le dio la razón y ordenó a la empresa que le pague a su cliente $37.157, más honorarios y costas. El fallo lo dictó la jueza del Trabajo Nº2, Nora Fernández de Vecchietti.

En esa sentencia no se analizó si estuvo bien o mal efectuado el sumario con el cual lo despidieron, si lo persiguieron, o lo discriminaron, sino que simplemente se resolvió que, al momento de echarlo, aún tenía ocho meses más de fueros gremiales ya que si bien dejó de ser delegado un año atrás, la legislación laboral mantiene dicha protección por 12 meses más. Para despedirlo legalmente, Secheep tendría que haberle iniciado, en primer lugar, una causa judicial para quitarle sus fueros y luego, con orden de un juez en mano, accionar.

La apelación

Conde Olgado no quedó conforme con esta resolución y apeló para que se le abone un plus por daño moral. En 2007, los jueces Martha Rodríguez de Dib y Osvaldo Verón, de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, hicieron lugar a su demanda y ordenaron que se le pague $22 mil más en la causa caratulada "Conde Olgado, Miguel Benito c/Servicios Energéticos del Chaco Empresa del Estado Provincial (Secheep) s/ Despido, etcétera", expediente 74/2005".  Este fallo fue más allá de lo dictaminado en el juicio de primera instancia y demostró que el sumario que le realizó la empresa a Conde para justificar su despido fue totalmente parcial y arbitrario.

¿Con qué argumentos, entonces, Secheep lo despidió? De acuerdo a la sentencia, la patronal lo imputó de irregularidades consistentes en ilícitos para favorecer a terceros, al dividir el consumo de energía eléctrica sin autorización, omitiendo cargar dicho consumo en la cuenta del cliente, entre ellos un local de video póker. Esto, según los argumentos que dio la empresa, había ocasionado un daño patrimonial a Secheep.

Con esta acusación, el Directorio, a través de la Resolución Nº 5091, resolvió el 15 de abril de 1999 dar de baja a Conde acusándolo de "haber cometido una falta grave en el desempeño de sus funciones" y afirmando que "dicha conducta fue violatoria de los principios de confianza,  lealtad  y  buena fe (...)  tornando imposible la continuidad del vínculo laboral de trabajo; por pérdida de confianza".

Los jueces Rodríguez de Dib y Osvaldo Verón pudieron comprobar que la división de consumo estaba autorizada y era de conocimiento de los funcionarios de línea debido al régimen caótico de la empresa en su funcionamiento interno, procedimiento que no estaba reglado y estaba vinculado, según los jueces, con las serias deficiencias administrativas de la empresa que emitía sobrefacturaciones o facturas con consumos cero.

Por otra parte, los magistrados hicieron mención a las actitudes persecutorias que los directivos de la empresa tenían con él por su condición de delegado gremial,  obligándolo a cumplir, por ejemplo, mayores cargas laborales y responsabilidades de las que les correspondía.

Ambos fallos, el de primera y segunda instancia, fueron victorias para Conde Olgado, pero no iban al quid de la cuestión. Buscando concretar la restitución de su puesto de trabajo, presentó a fines de 2005 una medida autosatisfactiva. Pero no tuvo la misma suerte. Fue rechazada "in límine" por la titular del Juzgado del Trabajo 1, Martha De la Vega, fallo que fue confirmado posteriormente por la Cámara de Apelaciones y luego por el Superior Tribunal de Justicia. Su reclamo, por el que tanto peleaba, no era avalado por los jueces chaqueños.

Repudio

El exoperario salió a repudiar este revés judicial y puso en tela de juicio a los magistrados De la Vega y a su par Eduardo Antonio Siri (de la Cámara de Apelaciones) por considerar que eran personas vinculadas a la Alianza Frente de Todos, partido que gobernaba por la provincia por ese entonces.

Siri le respondió. A través de una carta de lectores, publicada en diario Norte, el 8 de enero de 2010, explicó que la Ley 23.551 de Asociaciones Profesionales, en su artículo 52, otorga al delegado gremial que fuera objeto de un despido injustificado, dos opciones: considerarse despedido y reclamar las indemnizaciones agravadas; o demandar el reintegro a sus tareas por nulidad del despido y que se condene a la empresa al pago de los salarios caídos.

"En este caso, Conde Olgado no reclamó el reintegro, sino que hizo uso de la primera opción, de modo que una vez elegida una vía, no hay retorno; máxime, cuando después de elegida, se consciente todo el procedimiento, pasando así la sentencia en autoridad de cosa juzgada, criterio que es unánime en la jurisprudencia", señaló Siri.

Conde no veía una solución. Había logrado que se le considerara la indemnización y el daño moral por despido (un hecho inédito en la justicia laboral argentina) pero no lograba que le devolvieran su trabajo. En 2008, tras ocho años de estar instalado frente a Secheep, y sin una luz al final del túnel, conoció al abogado Jorge Antonio Gait.

Fue así que el letrado promovió ante el Juzgado del Trabajo Nº1, a cargo de la jueza Ana María Fernández una "acción autónoma de nulidad", que solicitaba anular las sentencias anteriores, donde se rechazó el pedido de Conde para volver a su trabajo y pedía que se dicte un nuevo fallo en el cual se tenga en cuenta una serie de normativas, leyes y jurisprudencias que, según Gait, no se consideraron en esas decisiones.

Entre tantas, se destacan dos: el respeto al artículo 14 bis de la Constitución Nacional, donde se establece la protección contra el despido arbitrario, estabilidad del empleado público y respeto irrestricto a la tutela sindical. Y, por otra parte, el cumplimiento del denominado Caso Madorrán, fallo de la Corte Suprema que sentó jurisprudencia en cuanto a la estabilidad absoluta del trabajador estatal y que, ante un despido arbitrario, se debe restituir al trabajador en su puesto y, además, pagarle los salarios que dejó de cobrar. Esta causa, la madre de todas las batallas, hace cinco años está parada.

Capitanich

El año pasado, al cumplirse 12 años de La Carpa de Secheep, el gobernador, Jorge Capitanich, aseguró que todos los organismos del Estado consultados por la cuestión Conde Olgado plantearon lo mismo: que la devolución de su puesto de trabajo debería ordenarse garantizando al Estado provincial la solución "integral y finiquito" de todas las cuestiones judiciales pendientes, "entre las que deberían desistirse, "en especial la Acción Autónoma de Nulidad - expediente 1170/08 en el Juzgado de Trabajo 1", señala.

"Los dictámenes de la Fiscalía de Estado y el Tribunal de Cuentas", destacó Capitanich, "impiden al Poder Ejecutivo y a Secheep mantener cualquier tipo de negociación sin que el señor Conde Olgado desista de proseguir con las acciones judiciales contra el Estado provincial que derivarían en pérdidas millonarias". Tras estas declaraciones, Conde Olgado ratificó que seguirá adelante con esta demanda hasta que surja un fallo favorable que avale su reclamo.
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