domingo, 4 de agosto de 2013

Apelación tarifa de Secheep: Aplicación de una ley derogada

Apelación tarifa de Secheep: Aplicación de una ley derogada



 

Publicado el Domingo, 04 Agosto 2013 17:21



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La Asociación Civil en Defensa del Derecho de la Ciudadanía, durante más de trece años, ha venido luchando por una justicia independiente, para que haya jueces probos, ajustado a la legalidad y la constitución, ecuánimes y dispuestos a administrar justicia en favor de quien se deben que son los habitantes de la patria, en nuestro caso a favor del pueblo del Chaco.

Pero cuando están contaminados por la corrupción, por la política y el corporativismo, entre otros, seguramente que serán objetos de manipulación y nos encontraremos con dirigentes legitimados en sus argumentos de la necesidad de un cambio en la justicia, pero para que sean cipayos, funcionales de los gobernantes de turnos. Nos encontraremos con Multifuncionarios como Omar Vicente Judis, que para justificar sus actos en contra de la ley, dice que cuando alguien defiende los derechos de la ciudadanía lo hace solo para provocar una exposición mediática.

Tal es el caso, que nos encontramos con una juez que dicta una sentencia donde dice que Secheep actuó en contra de la Constitución y por lo tanto el incremento de la tarifa al no haberse llamado previamente a una audiencia pública es inconstitucional y debe devolverse los cobros indebidos realizados a los usuarios, además le concede el privilegio que lo devuelva en tres cuotas. Pero resulta ser que al apelar la empresa, con una aparente ignorancia supina del derecho, el Juzgado Civil N° 1, aplica los conceptos jurídicos de una ley derogada como lo fue la Ley de amparo(desamparo) vigente durante el Gobierno de Ángel Rozas y tan duramente criticado por la Asociación Civil (ACDDC) y acompañado por funcionarios del actual gobierno, en ese entonces oposición, para no devolver los créditos en favor de los usuarios de Secheep. La ley vigente actualmente cuando se concede la apelación, lo hace con carácter devolutivo, es decir debe cumplirse la sentencia y no esperar a que los niveles superiores se expidan. La jueza al otorgar la apelación actúa con arbitrariedad y permite que el estado actúe en ese sentido. Al darle un carácter suspensivo y no devolutivo de la sentencia de primera instancia., mezcla dos leyes, una derogada y otra vigente. Las leyes de amparo están para defender a la parte más débil, y para impedir situaciones de arbitrariedad que con el tiempo puede provocar daños irreparables.

No se entiende porque la jueza actúo en violación a la Constitución y LEYES vigentes al otorgar la apelación a las autoridades de Secheep con carácter suspensivo de la devolución del descuento. Así, la justicia seguirá pariendo mal y serán instrumento de los malos políticos

1 comentario:

  1. La GESTION CAPITANICH en campaña se comprometió con el pueblo de propiciar una justicia independiente, hoy la mayoría de funcionarios y jueces que se incorporan o ascienden en el poder judicial son propuestos o digitados por el oficialismo. Por otro tenemos jueces influenciables ante el poder de turno.
    Ingresamos en un callejón sin salida. Todos quieren el poder judicial para garantizar la corrupción imperante en el Chaco. Por esto, es importante las elecciones 2013, donde se eligen diputados, por lo que no hay que temer votar a nuevos partidos o partidos que vienen luchando hace tiempo y el pueblo no les dio oportunidad.
    Tener diputados honestos es un comienzo.

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